Llevar a un ser querido de regreso a casa, país por país
Qué exige el consulado de México, Guatemala, Honduras y El Salvador; qué documentos; cuánto tarda; y qué hace la funeraria frente a qué hace usted. Cada afirmación, con el enlace oficial de donde sale.
Hablar con un agente licenciado · (888) 619-4888Por Mario Barrera, agente de seguros licenciado · TX TX #3008095 · NPN 17440153 · Actualizado: septiembre 2026
Lo que es igual en los cuatro países
Antes del consulado hay tres cosas que no cambian, y son las que fijan el calendario. El acta de defunción: en Texas la ley obliga a presentarla ante el registrador local a más tardar el décimo día después de la muerte. La apostilla: los cuatro países son parte del Convenio de la Apostilla, y en Texas la única oficina que puede apostillar un documento público de Texas es la Secretaría de Estado, que emite una apostilla universal. El permiso de traslado: el consulado lo exige emitido por la autoridad sanitaria, y en Texas el departamento estatal de salud es quien prescribe la forma y el contenido del permiso.
Y una aclaración que ahorra horas de búsqueda: las reglas de los CDC que salen al buscar «human remains» tratan de la ENTRADA de restos a Estados Unidos, no de la salida. Para llevar a alguien de aquí a su país, quien manda es el país de destino, a través de su consulado.
Fuentes: Texas Health and Safety Code · Secretaría de Estado de Texas · HCCH · CDC, 2025
México
¿Qué exige México para trasladar un cuerpo o cenizas?
El consulado de México que corresponde al domicilio del fallecido o de la funeraria tiene que visar y certificar tres documentos: el acta de defunción apostillada, el permiso de traslado internacional del Departamento de Salud y el certificado de embalsamamiento o cremación. El trámite consular es gratuito y normalmente lo hace la funeraria.
El consulado no traslada el cuerpo: visa y certifica los documentos para que las autoridades sanitarias mexicanas los acepten. Por eso el orden importa —primero los papeles del condado y del estado, después el consulado— y por eso hay que ir al consulado que corresponde al domicilio del fallecido o al de la funeraria, no al que quede más cerca de la familia.
El nombre de la persona fallecida debe aparecer, al menos en el apartado «aka» (also known as), tal como viene en su acta de nacimiento mexicana: nombre, apellido paterno y apellido materno. Lo mismo con el nombre de los padres. Un nombre incompleto es la causa más frecuente de que el expediente se devuelva.
Si el destino final es la Ciudad de México o el Estado de México, además hace falta el certificado de defunción mexicano, que emite la propia representación consular. Fuera de esa zona no es obligatorio, pero la guía oficial de la SRE recomienda pedirlo siempre.
Si la familia necesita apoyo económico para el traslado, la SRE explica que hay que comprobar la imposibilidad financiera de los familiares. Si procede, los recursos cubren únicamente los servicios básicos de traslado y el embalsamamiento o la cremación, y se entregan a las empresas prestadoras del servicio, no a la familia.
Documentos
- Acta de defunción que especifique la causa de la muerte y el lugar de destino final correcto, apostillada. Si la causa está pendiente o diferida, se añade la carta del forense certificando que la muerte no fue por enfermedad contagiosa.
- Permiso de traslado internacional otorgado por el Departamento de Salud, con el nombre y la ubicación de la funeraria que recibe el cuerpo o las cenizas, o del lugar de disposición final.
- Certificado de embalsamamiento o de cremación, firmado por el embalsamador o el crematorio, con su número de licencia.
- Acta de nacimiento de la persona fallecida y documento de identidad de quien solicita el traslado.
- Todo en original y una fotocopia, con traducción simple al español en papel membretado de la funeraria si el documento no está en español.
Cuánto tarda
La SRE no publica un plazo total. Sí se sabe que el trámite consular es cuestión de horas, no de semanas: el Consulado General en Los Ángeles publica que recibe la documentación de las funerarias de 7:00 a 11:00 y la entrega el mismo día indicado, entre 12:30 y 13:00. Cada consulado fija su propio horario, así que confírmelo con el suyo. Lo que marca el calendario real es lo de antes —el acta de defunción y la apostilla— y la disponibilidad de vuelo.
Quién hace qué
La funeraria
- Se encarga del embalsamamiento o la cremación en el lugar del fallecimiento y de los trámites del traslado, según los medios de transporte y las rutas disponibles.
- Presenta el expediente ante el consulado: la guía oficial dice que el trámite «generalmente lo realiza la funeraria».
- Aporta la traducción simple al español en su propio papel membretado.
La familia
- Acude al consulado más cercano para pedir orientación, y aporta el acta de nacimiento mexicana de la persona fallecida y su propia identificación.
- Contrata una segunda funeraria en México para la recepción del cuerpo o de las cenizas.
- Decide entre cuerpo y cenizas. Si necesita apoyo económico, es la familia quien tiene que comprobar la imposibilidad financiera.
Fuentes oficiales: Consulado General de México en Los Ángeles, 2025 · SRE (México), 2025 · SRE (México), 2020
Guatemala
¿Qué exige Guatemala para repatriar a un fallecido?
El Estado guatemalteco cubre el tramo dentro del país: CONAMIGUA traslada el cuerpo desde el aeropuerto La Aurora hasta la comunidad de origen, sin costo, con un tiempo de respuesta declarado de 12 días hábiles. El trámite consular en Estados Unidos lo lleva la red consular del MINEX; su lista de requisitos hay que pedirla al consulado.
Conviene separar dos tramos que la gente confunde y que dependen de instituciones distintas. El tramo internacional —documentos, permisos y vuelo desde Estados Unidos— pasa por el consulado de Guatemala que le corresponda, dentro de la red del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINEX). El tramo nacional —del aeropuerto a la comunidad— lo atiende CONAMIGUA, el Consejo Nacional de Atención al Migrante, y está en el catálogo oficial de trámites del Gobierno de Guatemala.
El trámite de CONAMIGUA se pide con un formulario que se descarga en su sitio y se envía escaneado por correo electrónico junto con los documentos. Después, personal de CONAMIGUA llama por teléfono al solicitante para coordinar una visita domiciliar y un estudio socioeconómico, en la que hay que entregar los originales de lo que se envió por correo.
Hay un segundo trámite, aparte, para cuando el cuerpo ya está en el aeropuerto La Aurora y la familia quiere retirarlo: mismos requisitos, mismo costo cero y el mismo tiempo de respuesta declarado.
Documentos
- Solicitud del familiar (formulario de CONAMIGUA).
- Copia del DPI —el documento de identidad guatemalteco— de quien solicita.
- Copia del certificado de nacimiento de la persona fallecida.
Cuánto tarda
12 días hábiles es el tiempo de respuesta que el propio catálogo de trámites declara para el traslado dentro de Guatemala, y el costo declarado es Q 0. Ese plazo cubre el tramo nacional, no el internacional: lo que tarde desde Estados Unidos depende del consulado, de la funeraria y del vuelo.
Quién hace qué
La funeraria
- Prepara el cuerpo, obtiene los permisos de salida en Estados Unidos y coordina con la aerolínea hasta La Aurora. No todas las funerarias hacen traslados internacionales: pregúntelo antes de contratar.
- Presenta la documentación ante el consulado guatemalteco que corresponda.
La familia
- Presenta la solicitud a CONAMIGUA con el DPI del solicitante y el certificado de nacimiento del fallecido, y atiende la visita domiciliar con los originales.
- Confirma con su consulado la lista exacta de documentos del tramo internacional antes de pagar nada.
Fuentes oficiales: Gobierno de Guatemala · Gobierno de Guatemala · MINEX (Guatemala)
Honduras
¿Cuánto cuesta repatriar a un hondureño fallecido?
La Cancillería de Honduras es explícita: el servicio de repatriación de personas fallecidas fuera del país es completamente gratuito, oficial y se gestiona únicamente por canales del gobierno —los consulados, la Cancillería o su centro de llamadas—. No se requieren intermediarios, gestores ni pagos adicionales.
Dentro de la Cancillería, quien lleva esto es la Dirección de Protección al Migrante, y la repatriación de hondureños fallecidos en el exterior es literalmente la primera de sus funciones publicadas. Es la puerta correcta cuando el consulado local no responde.
El servicio está amparado en la Ley de Protección al Hondureño Migrante y sus Familiares, y se gestiona de forma directa y personal a través de los consulados, la Cancillería o el centro de llamadas SIAMIH. La Cancillería publicó en 2025 dos canales: llamadas internacionales al +1 (470) 751-9077 y mensajes de WhatsApp al +504 8838-3635. Confírmelos con su consulado antes de usarlos.
La propia Cancillería alerta de que hay quien cobra por «trámites exprés» de repatriación, y advierte que esas prácticas pueden constituir estafa. Si le piden dinero por gestionar la repatriación ante el Estado hondureño, esa es la señal.
Cuánto tarda
La Cancillería no publica un plazo. Como en los demás países, el calendario real lo marcan el forense —si hay investigación abierta, el cuerpo no se libera—, el acta de defunción y el vuelo. Pregúntelo caso por caso en el consulado; que sea gratuito no significa que sea inmediato.
Quién hace qué
La funeraria
- Prepara el cuerpo, tramita los permisos de salida y coordina con la aerolínea. Ese trabajo sí se paga: lo gratuito es el servicio del Estado hondureño, no los servicios funerarios en Estados Unidos.
La familia
- Contacta al consulado, a la Cancillería o al centro de llamadas por los canales oficiales, y no paga a nadie por «acelerar» el trámite.
- Acredita el vínculo familiar y aporta la identificación de la persona fallecida que le pidan en su caso.
Fuentes oficiales: SRECI (Honduras) · Cancillería de Honduras, 2025
El Salvador
¿Cómo se pide la repatriación de un salvadoreño?
Con una solicitud de la familia, por teléfono o en persona, ante la Cancillería en El Salvador o cualquier embajada o consulado salvadoreño. Después hay una entrevista para comprobar el vínculo familiar, en la que se presenta copia de la partida de nacimiento y del documento de identidad de la persona fallecida.
Lo lleva la Dirección de Diáspora y Movilidad Humana junto con las representaciones diplomáticas y consulares. La Cancillería recibe los documentos y hace las gestiones ante las instancias que correspondan, y después contacta con la embajada o el consulado que toque para reclamar los restos.
En algunos casos, según las circunstancias, la identificación exige pruebas científicas: ADN, comparación de huellas dactilares o peritaje odontológico. Es la parte del proceso que más se alarga y la que no depende de nadie de este lado.
Cuando las autoridades extranjeras dan el visto bueno, la Cancillería comparte con la familia el itinerario de llegada y notifica al Ministerio de Salud, que es quien establece las disposiciones para el ingreso de restos humanos al país.
La Cancillería publicó en 2021 los canales de atención: (503) 2231-1373 y 2231-2950, el Consulado Virtual en el 1-888-301-1130 desde Estados Unidos y Canadá, y el (503) 7070-1071 para WhatsApp desde cualquier parte del mundo. Confírmelos antes de usarlos: son de 2021.
Documentos
- Copia de la partida de nacimiento de la persona fallecida.
- Copia del documento de identidad de la persona fallecida.
- Datos personales de la persona fallecida y de quien solicita, para la entrevista que comprueba el vínculo familiar.
Cuánto tarda
La Cancillería lo dice sin adornos: cada proceso es distinto y la duración depende de las disposiciones legales y de los tiempos que fijen las autoridades forenses y migratorias del país donde ocurrió el fallecimiento. La Cancillería está supeditada a esas medidas. Cualquiera que le prometa una fecha cerrada le está prometiendo algo que no controla.
Quién hace qué
La funeraria
- Prepara el cuerpo, obtiene los permisos de salida en Estados Unidos y coordina el vuelo, según el itinerario que se acuerde.
La familia
- Inicia la solicitud —por teléfono o en persona— y acude a la entrevista con la partida de nacimiento y la identificación de la persona fallecida.
- Mantiene el contacto con la Cancillería, que informa del itinerario de llegada cuando se autoriza el traslado.
Fuentes oficiales: Cancillería de El Salvador (RREE), 2021
Compare funerarias con experiencia en repatriación en su zona
No todas hacen traslados internacionales. Empiece por su código postal y pregunte a dos o tres.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta una repatriación?
No hay tarifa oficial: depende del país, de si viaja el cuerpo o las cenizas, de la funeraria y del vuelo. Los gobiernos sí publican que el trámite consular mexicano es gratuito y que la repatriación hondureña es un servicio gratuito del Estado. El resto se cotiza: pida dos o tres cotizaciones por escrito.
¿Es más barato trasladar cenizas que el cuerpo?
La propia Secretaría de Relaciones Exteriores de México describe la cremación y el traslado de cenizas como la opción **menos onerosa**, y durante la pandemia la Secretaría de Salud mexicana señaló que las cenizas suponen menor riesgo sanitario y también un costo financiero menor. No publicamos cuánto menos: eso lo dice la cotización de su funeraria.
¿Qué es la apostilla y la necesito?
Es un sello que certifica internacionalmente un documento público. Los cuatro países son parte del Convenio de la Apostilla: México desde 1995, El Salvador desde 1996, Honduras desde 2004 y Guatemala desde 2017. En Texas, la única oficina que puede apostillar un documento público de Texas es la Secretaría de Estado, y emite una apostilla universal.
¿Cuándo puedo pedir el acta de defunción en Texas?
La ley de Texas obliga a presentar el acta de defunción ante el registrador local **a más tardar el décimo día** después de la muerte. Ese plazo manda sobre todo lo demás: sin acta no hay apostilla, y sin apostilla no hay trámite consular. Pida varias copias certificadas de una vez.
¿Los CDC regulan sacar un cuerpo de Estados Unidos?
No para este caso. Las reglas de los CDC que aparecen al buscar tratan de la entrada de restos a Estados Unidos, no de la salida. Para llevar a alguien de aquí a su país, los requisitos los fija el país de destino a través de su consulado, y el estado donde ocurrió la muerte.
¿Toda funeraria puede hacer un traslado internacional?
No. Hace falta experiencia con permisos de tránsito, requisitos consulares y coordinación con aerolíneas, y no todas la tienen. Pregúntelo en la primera llamada, antes de firmar: cuántos traslados han hecho a ese país y quién presenta el expediente ante el consulado. Y pida más de una cotización.
Antes de contratar el traslado, dos lecturas que ahorran dinero: las guías gratuitas y quién responde por este directorio.
Solo para atender su solicitud. Nunca compartimos su número.
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